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En el sector financiero y especialmente en bancos y cajas, se está produciendo una práctica ejercida de forma tan unánime que parece concertada. Creemos, salvo opinión más fundamentada, que es contraria a las más elementales normas de protección de consumidores y usuarios. Rotundamente afirmamos que perjudica el mercado de transacciones inmobiliarias y distorsiona la libre competencia en el mismo. Debería cuestionarse si vulnera las leyes del mercado y de la competencia y en ese caso ser susceptible de denuncia y sanción.

Dicha práctica consiste en establecer condiciones diferentes de acceso a un préstamo hipotecario en función de quien vende el inmueble que garantizará el crédito. Se ha aplicado a muchos compradores de viviendas u otros inmuebles y ha sido suficientemente comentada y advertida por los medios de comunicación y por diversas entidades (entre otras, de consumidores).

Al solicitante de financiación vía hipoteca no se le concede ésta en función de circunstancias objetivas de su solvencia o capacidad, sino que el menú de las condiciones es claramente más ventajoso y el trámite ágil y rápido, si adquiere un producto adjudicado o tutelado por el banco o caja. Si el objeto de su ilusión es otra vivienda que ha encontrado en el libre mercado, desaparece la agilidad y finalmente la operación es directamente rechazada o reducida en el monto y/o en los plazos; en el mejor de los casos, las condiciones son notoriamente más gravosas, llegándose a doblar o triplicar el diferencial sobre el euríbor, imponer cláusulas suelo y altas comisiones que en el otro caso son mínimas o inexistentes. Es decir, en función de quién vende se conceden unas condiciones u otras. Incluso conocemos casos, cada vez más frecuentes, en que los propios empleados del banco o caja, ante la petición del cliente le aconsejan redireccionar su búsqueda hacia inmuebles de su institución.

Se está asfixiando, cercenándoles el mercado, a aquellos promotores que pueden y quieren sobrevivir por sí mismos, sin tener que recurrir a procedimientos concursales, daciones convenidas o soportar embargos y ejecuciones, aunque también hayan ajustado los precios al mismo o incluso inferior nivel que los ofrecidos por los inmuebles sujetos a la soberanía de bancos o cajas. Sucede lo mismo en el mercado de vivienda usada, se dificulta su financiación impidiendo la rotación natural de muchas familias que considerarían la oportunidad de cambiar de vivienda hacia otra de nueva construcción. ¿Es que se pretende que todo el parque de obra nueva pendiente de venta pase primero a ser propiedad de las instituciones financieras, para que luego sea accesible su financiación para los compradores finales y bloquear al mismo tiempo el mercado de segunda mano? Y mientras tanto la sociedad, que somos todos, está obligada a inyectar recursos para bancos y cajas sin exigirles nada a cambio. Algo se está haciendo mal y debe cambiarse urgentemente.

Por un lado, no se establecen medidas valientes que nos sacarían del atolladero, como serían ayudas a la entrada, las reducciones de IVA e ITP, avales públicos y un largo etcétera y, por otro, se permite la utilización de prácticas abusivas, monopolísticas y desleales, ya que el mismo que tiene el producto tiene el poder y los medios e instrumentos para conceder el crédito, restringiendo la libertad de mercado que ha de tener todo consumidor de servicios bancarios, ya que se le incita, determina o condiciona en la adquisición de determinados inmuebles.

JOAN OLLÉ BERTRÁN
Presidente del Consejo de Colegios de Agentes
de la Propiedad Inmobiliaria de Catalunya

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