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Tras haberse incrementado el IVA i I.T.P. desde el pasado 1 de julio, que en el caso de la vivienda nueva ha pasado del 7 al 8 por ciento (la fiscalidad de la usada no ha variado), está previsto que desde el próximo 1 de enero se reduce o se elimina, dependiendo del nivel de renta, la deducción por compra de vivienda habitual, ya sea nueva o de segunda mano.

Es algo que deberán tener muy presente los contribuyentes que tengan decidida la adquisición para formalizarla antes de que acabe el año, porque el ahorro que supone este beneficio fiscal es importante, mucho más de lo que ha supuesto la subida del IVA i del I.T.P.

Ahora bien, la reforma está prevista en el proyecto de la Ley de Economía Sostenible, y a estas alturas no se puede asegurar que será aprobada antes de que acabe el año para entrar en vigor a principios de 2011. No obstante, el Congreso volvió la pasada semana a ampliar el plazo de presentación de enmiendas al proyecto.

Si finalmente se aprueba, el cambio será el siguiente:

  • Para los contribuyentes con hipoteca o que la contraten antes del 31 de diciembre, nada cambiará. Es decir, podrán seguir aplicando el 10,05 por ciento (porcentaje estatal) y el 3,45 por ciento (autonómico) sobre los primeros 9.015 euros. Hay que recordar, que en algunos casos, el porcentaje autonómico es del 6,45 por ciento.
  • Muchos de los contribuyentes que realicen la compra el próximo año verán reducido o anulado este beneficio fiscal, dependiendo del nivel de renta. Para los que no superen unos ingresos, una base imponible, de 17.707,20 euros al año, nada cambia. Si sus ingresos se encuentran entre 17.707,20 y 24.107,20 euros la deducción disminuye significativa y progresivamente en función de su renta; así, un contribuyente con unos ingresos de 20.000 y que haya pagado 10.000 euros en entrada y cuotas de la hipoteca, podrá deducirse 870 euros, frente a los 1.356 euros de beneficio actual. Y, finalmente, los contribuyentes con una base imponible superior a 24.107,20 euros, no podrán deducirse cantidad alguna en concepto de adquisición de vivienda habitual.
  • El proyecto nada dice de la situación fiscal de los contribuyentes que en el año 2010 hayan depositado cantidades en una cuenta ahorro vivienda o hayan hecho pagos al promotor de una vivienda en construcción y no adquieran su vivienda habitual en el 2010. Posiblemente se establezca un régimen fiscal transitorio que fije un plazo máximo para adquirir la vivienda o para que el promotor termine la obra.

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